Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor del ciudadano LEUDO DEL CARMEN URDANETA PIRELA, el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida por los delitos de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 respectivamente de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por haber prescrito la acción penal para perseguir los referidos delitos. Se decreta la extinción de la acción penal y el cese de las medidas cautelares. Todo de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 8 eiusdem, en relación con el artículo 108, ordinal 5° del Código Penal vigente para fecha y con el artículo 110 ei.....