En el día hábil de hoy, 1 de Julio de 2016, siendo las 11:15 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece VIVIAN QUIVA en su carácter de parte actora asistida por la apoderada judicial abogada Karen Rodríguez en su condición de Procuradora de Trabajadores y CENTRO EDUCATIVO MULTIDATA SYSTEM, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Yamid García, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará a la demandante la cantidad de setenta y nueve mil cuatrocientos catorce bolívares (Bs. 79.414,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.