DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 28 numeral 5, en concordancia con los artículos 32, 33 numeral 4 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, DE OFICIO, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, a favor de NOMBRE OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, cometido en perjuicio de ARNELIS MARIA ROLONG BARBOZA (OCCISA).
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Fiscalía 37 del Ministerio Público, a la Defensa Pública que le correspondió conocer por distribución, al imputado y a la víctima, comisionando para .....