En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble distinguido por un (01) apartamento, distinguido con las siglas A-109, tipo B, ubicado en el nivel piso 1 de la Torre A del conjunto Residencial Parque Hábitat el Milagro, situado en el sector la Ciega avenida 1-B (antes calle oriente) entre calle 94 y 93 y marcado con el numero 93-59 de la jurisdicción de la parroquia Bolívar, del municipio Maracaibo del estado Zulia propiedad de la ciudadana YETSABEL MARÍA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 12.308.367, domiciliada en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha dieciséis (16) de junio de 2015, quedando anot.....