Decisiones del dia 01/06/2015
N° Expediente :
13404
N° Sentencia :
Fecha: 01/06/2015
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: INTIMANTE: CHADI SALIM MERHEB, LIBANES, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. E – 83.616.187 DE ESTE DOMICILIO. APODERADOS JUDICIALES: DIOGENES RAFAEL VEGAS GONZALEZ Y LIBIA DEL VALLE CALDERIN GUZMAN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NOS. V- 13.476.467 Y V- 9.427.012 ABOGADOS EN EJERCICIO INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 125.453 Y 74.248 DE ESTE DOMICILIO. INTIMADA: EMPRESA "GAMATEX, C.A" INSCRITA ANTE EL REGISTRO MERCANTIL DE LA C
Resumen:
UNICA
El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que: "toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho y puede declarase de oficio por el tribunal
Estima este Tribunal que, habiendo transcurrido más de SEIS (06) años desde la última actuación de procedimiento en el presente juicio, lapso previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, es procedente la Perención de la Instancia. Y así se decide.
Es en virtud de las razones expuestas que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Perimida la Instancia en el Presente Juicio, por haber transcurrido en el caso en autos, el lapso legal pr.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
15475
N° Sentencia :
Fecha: 01/06/2015
Procedimiento: Interdicto Restitutorio
Partes: QUERELLANTE: YONNY JOSE ROJAS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 10.303.878, DE ESTE DOMICILIO.- APODERADA JUDICIAL: ELVA OLIVEROS DE TERAN, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V.- 4.022.114, ABOGADA EN EJERCICIO INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL NRO. 129.261 DE ESTE DOMICILIO.- QUERELLADOS: NEYLA JOSEFINA SALAZAR VILLAHERMOSA Y JULIO CESAR MARTINEZ ASTUDILLO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉD
Resumen:
En virtud de los razonamientos antes expresados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 y 346 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Cuestión Previa establecida en el numeral sexto del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por la parte demandada. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código de Procedimiento Civil la parte demandada deberá dar contestación a la demanda dentro de los cinco días de despacho siguiente a que conste en auto la ultimas de las notificaciones que de las partes se haga.
Dada la naturaleza jurídica del fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese, notifíquese, regístrese y déjese copia.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgad.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
13561
N° Sentencia :
Fecha: 01/06/2015
Procedimiento: Insercion De Partida De Nacimiento
Partes: DEMANDANTE: ANGEL LUIS RAMOS LEZAMA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 17.486.847 Y DE ESTE DOMICILIO.- ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: AMERICA GUADALUPE GONZALEZ VASQUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, INSCRITA EN EL I.P.S.A BAJO EL NRO. 67.318 Y DE ESTE DOMICILIO.- DEMANDADO: A TODAS AQUELLAS PERSONAS INTERESADAS.-
Resumen:
UNICA
El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho.
En el caso que nos ocupa, se evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el día 14 de Agosto del 2009, fecha en la cual se consigno la ultima diligencia por la parte actora, hasta la presente, han transcurrido cinco (05) años y nueve (09) meses , razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.-
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justi.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
13547
N° Sentencia :
Fecha: 01/06/2015
Procedimiento: Insercion De Partida De Nacimiento
Partes: DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO TESILLO ARRIETA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO.- ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: GEREMIAS FIGUEROA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL NRO. 33.677 Y DE ESTE DOMICILIO.- DEMANDADO: A TODAS AQUELLAS PERSONAS INTERESADAS.-
Resumen:
UNICA
El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho.
En el caso que nos ocupa, se evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el día 14 de Agosto del 2009, fecha en la cual se consigno la ultima diligencia por la parte actora, hasta la presente, han transcurrido cinco (05) años y nueve (09) meses , razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.-
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justi.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
13629
N° Sentencia :
Fecha: 01/06/2015
Procedimiento: Insercion De Partida De Nacimiento
Partes: DEMANDANTE: MAYRA JOSEFINA VALENZUELA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO.- ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: MERICES PALACIOS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, INSCRITA EN EL I.P.S.A BAJO EL NRO. 44.610, Y DE ESTE DOMICILIO.- DEMANDADO: A TODAS AQUELLAS PERSONAS INTERESADAS.-
Resumen:
UNICA
El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho.
En el caso que nos ocupa, se evidencia que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el día el 23 de Marzo del 2009, fecha en la cual se consigno la ultima diligencia por la parte actora, hasta la presente, han transcurrido seis (06) años y dos (02) meses , razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido. Y así se decide.-
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justic.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil