En razón de las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la impugnación realizada por parte de la apoderado judicial de la parte demandada ciudadana ROSSANA MARTINEZ, contra la experticia complementaria del fallo, consignada en fecha 12 de agosto de 2008, por el ciudadano GERARDO RINCON. SEGUNDO: Se Fija definitivamente la estimación, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, por los concepto expuestos en la parte motiva de esta decisión lo cual arroja la cantidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (BS. 14.868,32).
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del TRIBUNAL DECI.....