DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: EDUARDO ANTONIO DURAN ARIAS Y LILIANA DEL CARMEN FERRER SEGOVIA, mayores de edad, titular de la cedula de identidad números V-11.251.231 y V-12.407.640, domiciliados el primero de los nombrados en el sector Pueblo Nuevo, calle 97, casa s/n, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, y la segunda en Ciudad Ojeda, Barrio Libertador, Municipio Lagunillas del Estado Zulia respectivamente, celebrado en fecha veintitrés (23) de Junio de 2000, por ante el Reg.....