Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- SIN LUGAR la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por el ciudadano MARCOS VARGAS BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.849.231, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; contra el ciudadano GIOVANY ENRIQUE PERNIA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.445.220, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
2.- SE DECLARA IMPROCEDENTE la indemnización por DAÑOS Y PERJUICIOS PATRIMONIALES (LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE), así como la indemnización por DAÑOS MORALES, peticionada por el ciudadano MARCOS VARGAS BLANCO al ciudadano GIOVANY ENRIQUE PERNIA ACOSTA.
3.- SE CONDENA EN COSTAS a la.....