Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el Ciudadano ALCIRO DE JESÚS FRANCO VERGARA contra la Sociedad Mercantil NAVIERA DE OCCIDENTE COMPAÑÍA ANONIMA, (NAOCA),.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales a las partes dada la naturaleza del fallo.
Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
LA SECRETARIA JUDICIAL
En la misma fecha se registró y publicó el anterior fallo, previo el anuncio de ley, siendo las once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), quedando registrada bajo el Nº PJ0022017000011. En Cabimas, a primer (01) día del mes de ma.....