Decreta para el Adolescente imputado (NOMBRE OMITIDO ART 545 DE LA LOPNNA); las Medidas Cautelares menos gravosa, previstas en el articulo 582, literales "b", "c" y "f" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la primera relativa a la obligación de someterse al acuidadado y vigilancia de su representante legal, la segunda relativa a la obligación del adolescente de presentarse periódicamente por ante la Oficina de Presentación de imputado CADA QUINCE (15) DIAS, comenzando a partir del día miércoles dos (02) de Marzo de 2.011 en un horario comprendido de 8:30 AM hasta las 3:30 P. M, y la tercera relativa a la prohibición de comunicarse con la victima, ni por si y ni por interpuestas personas, formado parte de esta obligación deberá este justiciable presentar en su segunda presentación constancia de estudios actualizada, aprovechando todas las oportunidades que ofrece el Gobierno Nacional, medidas estas que se decretan mientras dure la investigación en la .....