Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus EBERTO PAVA RIOS, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-22.144.587, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día siete (07) de Noviembre de 2010, en jurisdicción de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ciudadanos ELVIS ROSA PAVA RAMIREZ, EVELINDA PAVA RAMIREZ y EVER JUNIOR PAVA RAMIREZ, y a su esposa ciudadana ANA CRISTINA RAMIREZ VIUDAD DE PAVA, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.