DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 y 648 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1.746 del Código Civil, decide:
1) SE DECRETA LA INTIMACIÓN de la parte demandada, ciudadanos: VÍCTOR RAÚL PAZ GONZÁLEZ, TRINA LUISA VILLALOBOS VILLALOBOS y NEREIDA LUISA VILLALOBOS VILLALOBOS, antes identificados, para que paguen a la parte demandante y apercibido de ejecución, dentro del plazo de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la constancia en autos de su intimación, en el horario comprendido entre las ocho horas de la mañana (8:00 a.m) y una hora de la tarde (1:00 p.m.), las siguientes cantidades: A) La suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. F. 100.000.oo), que equivale el monto principal de la suma reclam.....