LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada en fecha 31 de enero del 2.006, por el ciudadano ALBERTO RANGEL y la sociedad mercantil LABORATORIO NOVAPHARMA, S.A., ante esta Jurisdicción, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada. Como consecuencia de la aprobación dada y en virtud de lo acordado en el acto de autocomposición procesal se resuelve:
Archivar el expediente en virtud de que consta en las actas procesales el cumplimentó de la misma.
Se ordena expedir por Secretaría, las copias certificadas solicitadas por las partes en el escrito transaccional, autorizando para ello al ciudadano Carlos Álvarez, titular de la cedula de identidad N°. 15.944.051, en su condición de Asistente de este Tribunal, para que las elabore y confronte con su original las copias fotostáticas.
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PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.