´´´´´Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procede a dictar la decisión de la siguiente forma: administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, incoada por los ciudadanos PABLO ARGENIS ESCALONA SALAZAR, JUAN CARLOS JOSÉ PADRA CHONG, LUÍS JOSÉ VELIZ VELIZ, PEDRO JOSÉ TOPUMO DELGADO, OSMAR JOSÉ MAITA TABLANTE, LUÍS JOSÉ MORENO, EDUARDO HUMBERTO SANTAELLA FLORES, GABRIEL FRANCISCO NAVARRO RAMOS y JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ GONZÁLEZ, en contra de la entidad de trabajo BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Tribunal, en Maturín, a los veintidós (22) días del mes de Octubre del año dos mil veinticinco (2025). Año 215° de la Independencia y 166° de la Federación.....