IV
DISPOSITIVO. -
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada la abogada SORAYA RINCON DIAZ, inscrita en el inpreabogado Bajo el N° 23.035, en representación del ciudadano JEAN DEIVYS PIRELA MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-19.845.216, domiciliado en chile, representación que se evidencia en PODER ESPECIAL, amplio y suficiente, que le fue otorgado por ante la Tercera Notaria de copiapo, Chile, en fecha 05 de junio de 2026, y luego apostillado por.....