DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada ante este Juzgado por los ciudadanos JENNY CAROLINA CAÑIZALEZ RINCON y DIEGO ANTONIO QUINTERO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-15.410.247 y V- 15.626.704, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia,debidamente asistidos por el defensor Público LUIS DELMAR, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 294.889.En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fechaveintiuno (21) de noviembre de 2001, ante El Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibodel Estado Zulia, tal como s.....