DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y para autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a la perdida de afecto marital dentro del matrimonio, formulada la ciudadana NESLE DEL VALLE VILLARREAL JARAMILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.326.413, domiciliada en ciudad Ojeda en el municipio lagunillas del estado Zulia, debidamente representada por el abogado ENDER GUILLERMO BRACHO SOCORRO, inscrito en el INPREABOGADO No. 65.051, obrando en nombre de la mencionada ciudadana según poder especial otorgado por ante la Notaria .....