DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la pieza de medidas aperturada en el juicio que por COBRO DEBOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), que sigue la SOCIEDAD MERCANTIL POLICLÍNICA DOCTOR ADOLFO D’EMPAIRE C.A., inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Primer Circuito Judicial del Estado Zulia, en fecha nueve (09) de marzo de 1953, en contra de los ciudadanos TONY GAROFALO MORENO y GRAZIELA GAROFALO MORENO, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de número V-9.715.197 y V-9.783.523, respectivamente, se declara:
PRIMERO: Se agota la cognición del presente Recurso de apelación, en razón del desistimiento efectuado por la abogada en ejercicio YOSMARY PASTORA ROMERO TORRES, inscrita en el Inpreabogado con el N°60.827, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, del dicho recurso de apelación ejercido en contr.....