IV
DISPOSITIVO. -
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por los ciudadanos WILLYS JOSE HERRERA TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.414.012, y MARY LUCILA VALENCIA SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.490.240. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 01 de marzo de 1990, ante la Parroquia Domitila Flores, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como l.....