DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INADMISIBLE el recurso Extraordinario de Casación anunciado por el abogado en ejercicio JESÚS MÁRQUEZ MENDOZA, inscrito en el inpreabogado bajo el N°132.993, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CLAUDIA GIUSTI LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.999.316, en sede cautelar surgida en el juicio principal que por COBRO DE BOLÍVARES, fue incoado por el ciudadano IRVING ALBERTO INCIARTE FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.503.501, en contra de la sociedad mercantil S.A. CAFÉ IMPERIAL, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha siete (07) de noviembre de.....