Decisión
En razón de lo expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACEPTA LA COMPETENCIA que le ha sido deferida por el Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y se declara: COMPETENTE para el conocimiento del presente proceso incoado por ELECTRO MOTORES CECILIO ACOSTA, C.A. (ELMOCA)., y pasa a conocer el mismo.
En consecuencia, se ordena proseguir con la presente causa, y de conformidad con el artículo 271 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario de 2014, notifíquese de la presente decisión a la Republica Bolivariana de Venezuela en la persona del ciudadano Procurador General de la Republica, al ciudadano Fiscal Vigésimo Segundo Del Ministerio Publico con Competencia Especial contencioso Administrativo, Contencios.....