1. Se acepta y se declara suficiente, la fianza principal y solidaria otorgada por SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A.
2. La contribuyente deberá actualizar periódicamente el valor de la garantía constituida, de acuerdo a la variación anual de la Unidad Tributaria, conforme se expresa en el texto de esta decisión, de forma de mantener la suficiencia de la garantía en el tiempo que dure el proceso.
3. No hay condena en costas.