JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 21 de febrero de 2008
197° - 148°
Exp. N° 216-04
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente LICORERIA Y FESTEJOS EL CONTROL, C.A. contra la Resolución No. GRTIRZ-DJT-CRJ-AB-2003-01574 de fecha 14 de julio de 2003 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; en fecha 22 de septiembre de 2005 este Tribunal declaró inadmisible el presente Recurso Contencioso Tributario y se ordenó notificar de la misma a los apoderados de la Procuradora General de la República. En fecha 22 de septiembre de 2005, se libró Boleta de notificación dirigida a ciudadana Carolina Valero en su carácter de Directora de LICORES Y FESTEJOS EL CONTROL, C.A.
En fecha 21 de noviembre de 2006 el Alguacil de este Tribunal consignó Boleta de notificación, recibida y firmada por la abogada Bárbara García en su carácter de representante de la República Bolivariana de Venezuela. El 31 de enero de 2007 el Alguacil consignó la notificación de la recurrente recibida por el ciudadano Alberto Soto quien se identificó como encargado. Ahora bien, de actas se desprende que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente practicada; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 01 de marzo de 2007.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 22 de septiembre de 2007, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista La Secretaria,
Yusmila Rodríguez Romero.
Resolución No. _______-2008.-
RLB/an.-
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