1.- HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento de la demanda en el presente Recurso Contencioso Tributario, formulado por la abogada Sonsiree Meza Leal, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 112.524, actuando en su caracter de apoderada judicial de la sociedad de comercio GRANT PRIDECO DE VENEZUELA, C.A., y le da el carácter de COSA JUZGADA.
2.- Notifíquese de esta resolución al Procurador General de la República de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
3.- Se condena en COSTAS a la contribuyente GRANT PRIDECO DE VENEZUELA, C.A., en el uno (1%) del monto debatido en el presente proceso.