Por los fundamentos señalados con anterioridad, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en nombre de la República y por autoridad de la Ley ADMITE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el abogado Rodulfo Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.366 actuando en representación de la sociedad de comercio AGENCIA MARITIMA DE REPRESENTACIONES, C.A. AGEMAR contra la Providencia Administrativa Nro P/132 de fecha 9 de septiembre de 2015 emanada del Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones.
No hay condenatoria en costas en razón de producirse esta decisión in limine litis.