Por los fundamentos señalados con anterioridad, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado DARIO ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 22.164, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL.
No hay condenatoria en costas en razón de producirse esta decisión in limine litis.