1.- HOMOLOGA y da por consumado el pago de las obligaciones tributarias que la contribuyente AUTO TALLERES POLO, C.A. le adeudaba a la República Bolivariana de Venezuela, y le da el carácter de COSA JUZGADA al presente pago.
2.- Como consecuencia, se declara extinguido el presente proceso.
3.- Notifíquese de esta resolución a la Procuraduría General de la República.
4.- No hay condenatoria en costas.