En fecha 13-05-04, este Tribunal se avocó de oficio al conocimiento de la presente causa. De una revisión exhaustiva efectuada al Expediente No. 2.775, se evidenció que desde el 18 de Diciembre del 2000, fecha de la última actuación que riela al folio 125 al 128, correspondiente a diligencia del apoderado judicial de la demandada hasta el día 13 de Mayo de 2004, sin que constara en autos que se realizara alguna otra actuación procesal de las partes, especialmente por parte de la demandante para impulsar el proceso, y habiendo transcurrido más de Catorce (14) meses sin que se hubiese realizado alguno acto de procedimiento; y habiéndose ordenado y practicado la notificación de la parte demandante, para que manifestara si tenía algún interés en la prosecución de la causa y las razones fundamentadas de su inactividad procesal, habiendo éste comparecido en el lapso legal, pero cuyas explicaciones carecen de fundamento suficiente que justifiquen la falta de interés, es por lo que este Trib.....