PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del proceso interpuesto por el ciudadano WILMER ALEXANDER ORTIZ RAMOS sólo en lo que respecta a la Empresa PDVSA PETRÓLEO Y GAS S.A., en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, impartiéndosele el carácter de Cosa Juzgada. SEGUNDO: Se declara TERMINADO el presente proceso sólo en lo que respecta a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO Y GAS S.A. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano WILMER ALEXANDER ORTIZ RAMOS, en contra de la sociedad mercantil TALLER DE SERVICIO DE RADIADORES C.A. (TASERCA), y solidariamente en contra de la sociedad mercantil MEDICIÓN Y CONTROL C.A. (MEDYCONCA), por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. CUARTO: Se ordena a la sociedad mercantil TALLER DE SERVICIO DE RADIADORES C.A. (TASERCA), y solidariamente a la sociedad mercantil MEDICIÓN Y CONTROL C.A. (MEDYCONCA), pagar al ciudadano WILMER ALEXANDER ORTIZ RAMOS, las cantidades detalladas.....