PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo aducida por la parte co-demandada solidaria, sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., referida a la prescripción de la acción intentada en su contra por el ciudadano VÍCTOR MANUEL VALERA RIVAS, en base al cobro de Mora Contractual. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano VÍCTOR MANUEL VALERA RIVAS en contra de la sociedad mercantil PERFORACIONES DELTA C.A., y solidariamente en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A. TERCERO: No se condena en costas al ciudadano VÍCTOR MANUEL VALERA RIVAS de conformidad con el criterio jurisprudencial establecido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 09 de julio de 2009, con ponencia del Magistrado Dr. Juan Rafael Perdomo (caso Luís Ángel Cepeda Añez Vs. PDVSA PETRÓLEO Y GAS S.A.). CUARTO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí decidido mediante oficio acompañado de copia certificada de la presente sente.....