DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo propuesta por la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A. relativa a la prescripción de la acción.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano NERIO RAMON RINCON MORAN en contra de la Empresa demandada PDVSA PETROLEO, S.A., por cobro de intereses sobre Prestaciones Sociales, por prosperar la defensa de fondo relativa a la prescripción de la acción.
TERCERO: Se exonera de costas al trabajador demandante por devengar menos de tres (03) salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena la notificación al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, de la presente decisión,.....