PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JORGE LUIS RINCON AVILA, en contra de la Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A., por motivo de cobro de Indemnizaciones por Enfermedad Ocupacional y Daño Moral. SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A., pagar al ciudadano JORGE LUIS RINCON AVILA, las cantidades detalladas expresamente en el fallo definitivo. TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal, en los términos expresados en el fallo definitivo. CUARTO: No hay condenatoria en costas por no haber resultado totalmente vencida ninguna de las partes en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.