PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia definitiva dictada en fecha 31 de enero de 2014, por este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, interpuesta por el Tercero Interesado ciudadano JORGE MANUEL DÍAZ LEÓN, en la demanda de nulidad de acto administrativo incoado por la Empresa TRANSPORTE RODGHER, S.A., en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA signada con el Nro. SF 0044/2012, de fecha 14 de noviembre de 2012, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD OJEDA CON SEDE LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, en el Expediente Administrativo Nro. 075-2012-01-0089. SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS al Tercero Interesado ciudadano JORGE MANUEL DÍAZ LEÓN, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.