Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO en el Juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el Ciudadano CARLOS EDUARDO BRITO BRITO contra la COOPERATIVA COPROINRA R.S.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del fallo.
Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA DE JUICIO,
ABG. YACQUELINNE SILVA F.
LA SECRETARIA JUDICIAL,
ABG: DORIS ARAMBULET.
En la misma fecha se registró y publicó el anterior fallo, previo el anuncio de ley, siendo las nueve horas y media de la mañana (09:30 a.m.), quedando registrada bajo el Nº PJ0022017000042. En Cabimas a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (20.....