PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesto por el ciudadano: EDER NOE GUERRERO PORTILLO en contra de la Sociedad Mercantil EL RINCON DEL LLANO suficientemente identificado en las actas.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a el ciudadano: EDER NOE GUERRERO PORTILLO por la cantidad: SIETE MIL CUATROSCIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (BF 7.430,91) los cuales deben ser cancelados por la Sociedad Mercantil EL RINCON DEL LLANO por los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia.
TERCERO: Se orden.....