PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia y por autoridad en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre las partes intervinientes en este juicio interpuesto por el ciudadano HUGO JOSE COLMAN TORRES contra la empresa CAMCO WIRE LINE, C.A. ahora SCHLUMBERGER SURENCO DE VENEZUELA, S.A., solidariamente con la Empresa PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A.,
SEGUNDO: Cosa juzgada este juicio.
CUARTO: Terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
QUINTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de .....