Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados PABLO E. CASTELLANOS y MIGUEL ANGEL COLLANTES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 34.093 y 40.815, respectivamente, actuando con el carácter de defensores de los acusados KENY JOSE MONTILLA SIMANCA, DELVIS JESÚS MONTILLA ANDRADE, JORGE MARUAN TERÁN BLANCO y SILFREDO SEGUNDO TERÁN LUGO, en contra de la decisión N° 3C-1214-07, de fecha 10 de Diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual la a quo niega la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, recaída sobre los mencionados ciudadanos, por una med.....