DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado en el abogado en ejercicio FRANKLIN GUTIERREZ, en su carácter de defensor del ciudadano JUNIOR ARSENIO GARCIA ARRIETA, en contra de la decisión N° 95-07, dictada en fecha 21-11-07, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 172 y 437, literal "b" ejusdem y con el criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 05 de Agosto de 2005, Exp N° 03-1309.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y REMITASE.
LA JUEZA PRESIDENTA,
LUISA ROJAS GONZALEZ
LOS JUECES PRO.....