DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano HUGO MONTIEL BORJAS, abogado en ejercicio, en su carácter de defensor del imputado LUCAS GARCIA MOROS, en contra del auto dictado en fecha 20-10-04, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado señala que con relación al escrito interpuesto por la defensa realizará pronunciamiento en la oportunidad a realizarse la audiencia preliminar; así como ordena notificar a las partes acerca del día fijado para la realización de la mencionada audiencia preliminar seguida en contra del imputado de actas por la presunta comisión del delito de Hurto Informático, previsto y sancionado en el artículo 13 .....