PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el ciudadano Abogado DANIEL JOSÉ OLMOS TORRES, actuando en su carácter de defensor del ciudadano LUÍS EDUARDO BRACHO IGUARAN.
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión N° 107-12, dictada en fecha 30 de octubre de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: ORDENA al Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la pronta realización del juicio oral y público, a fin de evitar la dilación judicial injustificada, que puede ser objeto de responsabilidad administrativa y judicial.