DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado en ejercicio NERIO CORDERO LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42.563, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILMER GREGORIO CEPEDA ESTRADA, titular de la cédula de identidad No. V-7.738.888, en contra de la decisión N° 1767-04 dictada en fecha 14-10-04, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se niega la entrega del vehículo marca Fabricación Extranjera, Modelo Dorsey, año 1966, Clase Remolque, Tipo Batea, Color Rojo, serial del Motor (No porta), serial de Carrocería GT72206, Placas 229XGY, uso de Carga. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, en conco.....