PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos, interpuesto por el Profesional del Derecho EDUARDO PARRA SÁNCHEZ, Defensor Público Décimo Octavo (18°) con competencia en Penal Ordinario Fase de Proceso, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensor del ciudadano NAIYERSON JESUS LOPEZ HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-23.855.321.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 037-19 de fecha 06 de Septiembre de 2019 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. El presente fallo se dictó de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.