DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, por la ciudadana abogada ELIZABETH CHIRINOS DE CASTILLO, Defensora Pública Segunda del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, actuando en su carácter de Defensora del ciudadano imputado WILLIAM ALBERTO MENDEZ, en contra de la decisión de fecha 26 de mayo de 2003, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas; SEGUNDO: SE REVOCAN las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, previstas en los numerales 3° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, impuestas al imputado WILLIAM ALBERTO MENDEZ. TERCERO: SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA del imputado WIL.....