DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos, el primero por Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Zulia, abogado CARLOS GUTIERREZ PÉREZ, y el segundo por parte del ciudadano HERNÁN HERNÁNDEZ, inscrito en el inpreabogado N° 46.647, quien actúa con el carácter de apoderado judicial especial de la víctima ciudadana LILIA MARGARITA SULBARÁN PARRA. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 966-08, dictada en fecha 16 de Mayo de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual el Juzgado de Control acordó a favor del imputado JOSE GREGORIO VERA, la aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de Libertad contenidas en los ordinales 3 y 4 del artículo 256 d.....