DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación en la modalidad de efecto suspensivo, interpuesto por el profesional del derecho JAIRO VARGAS YORIS, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Vigésimo quinto del Ministerio Público del estado Zulia con sede en Maracaibo, en contra de la decisión Nro. 984-16, de fecha 10 de noviembre de 2016, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación presentado por el profesional del derecho JAIRO VARGAS YORIS, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Vigésimo quinto del Ministerio Público del estado Zulia con sede en Maracaibo.
TERCERO: REVOCA la decisión Nro. 984-16, de fecha 10 de noviembre de 2016, emitida .....