DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos que quedan expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abogado JOSÉ DAVID FOSSI, en su carácter de defensor del ciudadano MANUEL SALVADOR REVEROL BRACHO, ya identificado, en contra de la Sentencia N° 2J-017-04, dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido en forma Mixta con Escabinos, en fecha 25 de junio de 2004; SEGUNDO: SE ANULA la sentencia aquí recurrida dictada en fecha 25 de junio de 2004 y distinguida con el número 2J-017-04 por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual CONDENÓ al referido acusado a cumplir la pena de Siete (07) Años y Cuatro (04) Meses de Presidio, más las penas acce.....