DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abogada PETRA MARGARITA AULAR, en su carácter de Defensora de la imputada LISSET YASMIN SUESCUM PEDRAZ; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1605-04, dictada en fecha 24-09-04 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, correspondiente al acto de presentación de imputado, en la cual se decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la mencionada imputada, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio del c.....