Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho ERIKA MENDOZA CABEZAS, Defensora Pública Auxiliar Trigésima Novena Penal Ordinario para la Fase de Proceso adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora de los ciudadanos HEBER GLEIS VILLALBA MANJARREZ, portador de la cédula de identidad No. 18.201.628 y CARLOS DE JESUS SOTO, portador de la cédula de identidad No. 13.896.606.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 244-15, de fecha 08 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo Itinerante en Funciones de Control de Primera Instancia con Competencia en delitos Económicos y Fronterizos del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia. El presente fallo se dictó co.....