PRIMERO: ADMITIR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto bajo la
modalidad de efecto suspensivo por los profesionales del derecho SERGIO DAVID
ARAMBULO ARAMBULO y LEONAN JOSÉ URDANETA REVEROL, Fiscales Provisorio y
Auxiliar, Adscritos a las Fiscalía Decima Sexta (16°) del Ministerio Público de la
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Circunscripción Judicial del estado Zulia, ejercido contra la sentencia N° 022-2019 de fecha
31 de Julio de 2020, dictada por el Juzgado Primero (1°), de Primera Instancia en Funciones
de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia-Extensión Santa Barbará. Se deja
constancia que la parte recurrente no promovió pruebas.
SEGUNDO: ADMITIR EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN incoado por la Defensa Pública,
contra el recurso de apelación de autos presentado por la Representación Fiscal.
TERCERO: ADMITIR LAS PRUEBAS promovidas por la Defensa Pública en su escrito de
contestación, por cuanto tratan de pruebas cuya utilidad y pertinencia pueden ser
corroboradas directamente cuando .....