IV.- DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho LEIDA SANDREA CASTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 37887, en su carácter de apoderada judicial de las ciudadanas NANCY JOSEFINA CONTRERAS REVILLA y KARLA KARINA MEDINA CONTRERAS, en sus cualidades de víctimas por extensión de quien en vida respondiera al nombre de ROXANA JOSEFINA MEDINA CONTRERAS.
SEGUNDO: NULIDAD ABSOLUTA de la decisión No. 1J-101-16, de fecha 30 de agosto de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, por franca violación al debido proceso y el derecho a la tutela j.....